Violencia de género: máxima expresión de desigualdad
Como comentaba en mi primera aparición en este blog , en el desarrollo de mi labor profesional en la administración pública gestionando prestaciones sociales, nos encontramos en muchos casos con situaciones de máxima vulnerabilidad social que exigen una respuesta eficaz de la administración, como es las situaciones de victimas de violencia y género y especialmente si existen menores en la unidad familiar. Sabemos que la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género , indica que esta situación se puede acreditar de distintos modos, ya sea a través de una sentencia condenatoria, por una orden de protección o bien, mediante un informe del Ministerio Fiscal o bien de servicios especializados , o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género. Si bien, en la práctica, las mujeres victimas de violencia de género para acreditar su situación en cuan...